jueves, 28 de noviembre de 2013

PRI propone fortalecer Juntas Auxiliares

  • Serán Unidades Políticas Administrativas: LEYVA
El Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional en el Congreso del Estado de Puebla, encabezado por el Diputado Ernesto Leyva Córdova, presentó una  iniciativa de decreto para reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones  de la Ley Orgánica Municipal, con el objetivo de dar mayor certeza jurídica a las 611 Juntas Auxiliares del estado, a partir del fortalecimiento de su figura política administrativa, la regularización de los mandos policiacos y el respeto de sus usos y costumbres.
Ante el pleno del Legislativo, el Diputado enfatizó que la Fracción del PRI está en contra de la desaparición de las Juntas Auxiliares, pues representan entes con historia y tradición, que se han constituido como verdaderos promotores de integración y participación ciudadana, defensores y garantes de la cultura, las costumbres y tradiciones de los pueblos.
“Estamos en contra de cualquier pretensión que tenga como fin la desaparición material, aun sin ser expresa, de las Juntas Auxiliares; de toda propuesta que sin centrarse en la desaparición textual de las Juntas Auxiliares dentro de la normatividad, promueve, a través del debilitamiento de su estructura y la reducción de sus atribuciones.”, abundó.
De esta manera, con esta iniciativa se pretende que las Juntas Auxiliares, al ser una extensión de los Ayuntamientos, gocen de autonomía en distintos rubros y tengan a su cargo la prestación de ciertos servicios, de manera individual o compartida con estos últimos, y de esa forma maximizar resultados en beneficio de la ciudadanía
Leyva Córdova señaló la urgencia de que la presente Legislatura actualice su  marco jurídico, con el objetivo de todos los entes públicos, y en consecuencia los ciudadanos, cuenten con certeza sobre sus atribuciones y ejercicio, así como de los niveles, instancias y órganos encargados de la prestación de obras y servicios públicos, respectivamente.
Con la presente reforma por primera ocasión, se otorga certeza legal, a través de la definición de la naturaleza jurídica de las Juntas Auxiliares, siendo órganos político – administrativos desconcentrados de los Municipios, con autonomía funcional para ejercer las atribuciones reconocidas por la ley, se justifica la existencia y creación de estos órganos a través del otorgamiento de mayores atribuciones y el fomento a la rendición de cuentas en cuanto a los recursos públicos que ejerza.
Del mismo modo, seguirán siendo electas resultado de la voluntad popular, y al ser dependientes de los municipios deberán rendir informes y cuentas ante el Ayuntamiento del que se trate, quien incluirá lo correspondiente en los apartados respectivos al momento de presentar su Cuenta Pública ante los órganos de fiscalización.
De igual manera, se ampliará y regulará la asignación de recursos, resultado de la propia distribución de competencias. También se propone regular su funcionamiento y establecer su estructura dentro del Bando de Policía y Gobierno, así como de los Reglamentos y disposiciones generales que emitan los Ayuntamientos con colaboración de las Juntas Auxiliares, quienes tendrán, además, la atribución de emitir sus propias normas administrativas, siempre y cuando estas se apeguen a los criterios de la administración pública municipal.
Se reconoce el derecho y se amplía la intervención de las Juntas Auxiliares dentro del proceso de planeación del desarrollo de los municipios, se facilita la coordinación de las Juntas Auxiliares con los Ayuntamientos, para la prestación de los servicios públicos que por ley le correspondan y se faculta para imponer sanciones administrativas por infracciones a las leyes y reglamentos.
Se clarifica la redacción en cuanto a la observancia obligatoria de los requisitos y procedimientos para la modificación del territorio municipal, lo cual incide en la existencia de juntas auxiliares.
Se estipula y reconoce en la ley la facultad de las juntas auxiliares para expedir constancias de vecindad. Del mismo modo, con esta iniciativa se establece la colaboración dentro del proceso de transparencia y ordenamiento patrimonial del municipio y se reconoce el derecho de las juntas a acceder a recursos económicos extraordinarios, resultado de la colaboración o la prestación directa de algún servicio público.
Otra de las ventajas es que se fortalece la rendición de cuentas de los pueblos, a través de la práctica de auditorías, y la participación dentro del proceso de entrega– recepción de las juntas, por parte de la autoridad municipal.

Además, respecto al nombramiento de los titulares de seguridad pública de los pueblos, se escuchara la opinión de las juntas, además, se promoverá la colaboración de estas en acciones de prevención en materia de seguridad pública, o aquellas que el ayuntamiento le delegue.

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